Wanda Méndez
Santo Domingo, RD
Primarias, convenciones, asambleas y encuestas, son las modalidades que la ley 33-18 contempla para que los partidos políticos escojan este 2023 a los candidatos a cargos electivos que postularán en los comicios en el 2024, para lo cual impone plazos de cumplimiento obligatorio.
Dado que la ley de partidos, agrupaciones y movimientos políticos no ha sido reformada, los plazos legales se mantienen sin variación. Y ante algunos vacíos, la Junta Central Electoral (JCE) y los partidos han comenzado a arribar a acuerdos para definir algunas fechas con relación a los eventos internos.
Fue el caso de lo ocurrido el pasado jueves, que partidos y Junta, a través de la Dirección de Elecciones, convinieron en fijar el 14 de abril como la fecha límite para que las organizaciones políticas informen el método que usarán para escoger a sus candidatos.
Como parte de sus responsabilidades legales, de organizar y supervisar los procesos internos de los partidos para la selección de los candidatos, la Junta ha establecido una agenda de actividades a desarrollarse, tanto en el ámbito legal como administrativo.
Un cronograma entregado a los partidos políticos contiene unos 20 plazos legales, que abarcan desde junio hasta noviembre.
La ley 33-18 dispone, en el párrafo II del artículo 46, que si los partidos políticos deciden escoger a sus candidatos mediante primarias, lo harán a más tardar el primer domingo de octubre del año preelectoral y en base a otras modalidades, a más tardar el último domingo de noviembre de ese mismo mes.
EN PUNTOS
Plazos legales.
La precampaña inicia el 2 de julio, como parte de los plazos legales que inician en junio para las primarias simultáneas.
Logística electoral.
En área administrativa, la JCE establece el inicio este mes de trabajos de logística electoral para organizar primarias.