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En galeria 360 funcionará la Oficina de Defensoría del Contribuyente, en la cual se podrán formular reclamaciones y quejas en contra de actuaciones y/o funcionarios de la DGII.

El titular de la DGII, Luis Valdez Veras, y el Defensor del Pueblo, Pablo Enrique Ulloa Castillo, dejaron en operación la nueva oficina.

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LISTÍN DIARIO

Actualizada viernes, 28 de abril de 2023 – 00:00

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el Defensor del Pueblo inauguraron la primera Oficina de Defensoría del Contribuyente en la Plaza Galerías 360, en el Distrito Nacional, en la cual se podrán formular reclamaciones y quejas en contra de actuaciones y/o funcionarios de la entidad recaudadora.

La iniciativa es un plan piloto que será extendida gradualmente como parte de un acuerdo de colaboración firmado ayer por el titular de la DGII, Luis Valdez Veras, y el Defensor del Pueblo, Pablo Enrique Ulloa Castillo.

Valdez Veras resaltóel impacto positivo que tendrá la iniciativa en la garantía de los derechos de los contribuyentes, lo que se traducirá en mejores servicios y mayor cercanía al ciudadano.

“Queremos que el contribuyente sepa que a partir de hoy, en este Gran Santo Domingo, tienen la oportunidad de quejarse de posible actuación arbitraria de algún colaborador de la administración tributaria. Ellos deben de saber que el contribuyente tiene deberes, pero que también tiene derechos; esto es lo que pretendemos con esta oficina que inauguramos de defensoría del contribuyente, modelo que será ampliado a Santiago y Cotuí en los próximos meses”, resaltó el director general de la DGII.

Asimismo, el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, puntualizó en los esfuerzos que se realizan desde la institución que dirige para fusionar las iniciativas estatales y que se pueda tener un estado que brinde mayores garantías de respeto a los derechos ciudadanos.

“Hoy en este piloto yo tengo fe que será de éxito para poder expandir a nivel nacional este tipo de iniciativa, que lo que terminan es hacer que los ciudadanos comprendan porqué tienen que pagar impuestos y en el momento que entienda que no es correspondiente lo que está pagando con lo que facturó pueda llegar a una institución como esta y poder hacer su trámite en lo que es el derecho administrativo” detalló el Defensor del Pueblo.

Sobre qué te podrás quejar

Las reclamaciones y quejas deben versar sobre aspectos concernientes a derechos fundamentales de ley, así como a la defensa de derechos ciudadanos, las cuales no podrán ser admitidas cuando la ley establezca el procedimiento a seguir. 

“Todo lo relacionado con aspectos tributarios debe regirse conforme lo dispuesto por el Código Tributario y demás leyes tributarias”, precisa el acuerdo.

En caso de inadmisión de una reclamación o queja, el Defensor del Pueblo deberá comunicar su decisión motivada por escrito al ciudadano o la ciudadana, indicando, cuando corresponda, las vías legales que deberá usar para hacer valer sus derechos.

Asimismo, cuando las quejas sean admitidas el Defensor del Pueblo iniciará las investigaciones de lugar, y notificará a la DGII para que en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles responda lo requerido.

La DGII se compromete a priorizar el despacho de las solicitudes de que se trate, respondiendo lo requerido en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles.

Además, colaborará en las investigaciones y, en general, brindará todas las facilidades para el cabal desempeño de sus funciones, “siempre y cuando las informaciones de que se trate no se encuentren clasificadas como confidenciales, en virtud del deber de reserva de la Administración Tributaria establecido en el artículo 47 del Código Tributario”.