Vie. Sep 20th, 2024

Su autor, José Tomas Pérez, había evaluado 10 años antes la legislación, cuando, según registros periodísticos de 2014, dijo que tenía fallas en su aplicación, pero “ha ido cumpliendo parte de su cometido”.

Una prueba de las dificultades con esta ley las afronta el ejercicio periodístico, siendo sus profesionales víctimas de la falta de respuestas, tardanzas, promesas incumplidas y los obstáculos

“20 años cosidos a retazos, de urgencias, disimulos y rutinas”, las estrofas que recita Joaquín Sabina son una fiel imagen de lo que han sido estas primeras dos décadas de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública.

Una pieza que parecía ser un suplicio para las demandas de una audiencia dominicana ansiosa de escuchar lo que tiene que decir el Estado, pero terminó siendo una sinfonía mal dirigida por sus directores.

Ya lo había evaluado el creador de la pieza original, el entonces senador José Tomás Pérez, diez años antes, cuando según registros periodísticos del año 2014, señaló que la pieza tenía fallas en su aplicación, pero que “ha ido cumpliendo con parte su cometido, ayudando a transparentar mucho más las instituciones públicas”.

Es que tal como lo explicó el entonces legislador del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), continúa ocurriendo una década después: Con avances en los portales de transparencias digitales de numerosas instituciones públicas, pero con decadencias en los servicios de pedido de información a través del Portal Único de Solicitud de Acceso a la Información Pública (Saip).

Prueba de estas dificultades las afronta el ejercicio periodístico, siendo sus profesionales víctimas de la falta de respuestas, las tardanzas, las promesas incumplidas y los obstáculos que los encargados de las Oficinas de Acceso a la Información (OAI) crean para evitar o demorar las solicitudes hechas.

“La mayoría de las instituciones del Estado violan la Ley de Libre Acceso, enviando respuestas fuera de tiempo, incompletas o con enlaces, donde tú tienes que organizar, mes por mes, las estadísticas a pesar de que la pediste por años”, fue la respuesta de Yudelka Domínguez, periodista que constantemente solicita información y encuentra trabas, independiente de la institución a la que haga el pedido.

Este tipo de situaciones va en contraposición de lo que establece la propia ley.

Por citar algunos aspectos de la legislación, el artículo 8 establece que “toda solicitud de información requerida en los términos de la presente ley debe ser satisfecha en un plazo no mayor de 15 días hábiles, plazo que se podrá prorrogar en forma excepcional por otros 10 días hábiles en los casos que medien circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada”. Esa prórroga indica, es excepcional.

Un precedente histórico, poco después de haberse aprobado esta ley en el año 2004, lo marcó el periodista Huchi Lora, quien en abril de 2007 demando a la Oficina Presidencial para el Reordenamiento del Transporte (Opret) y su entonces director Diandino Peña, para que diera respuesta una solicitud de información sobre la construcción de la primera línea del Metro de Santo Domingo.

Este caso emblemático fue a más, ya que el periodista llevó el caso a los tribunales y fue favorecido con una sentencia de la Suprema Corte de Justicia, ente que ordenó la entrega de las informaciones, que finalmente le fueron entregadas en varias cajas repletas de papeles.

La propia ley establece los mecanismos judiciales en caso de que el solicitante de la información no esté conforme con la decisión adoptada por el organismo, pudiendo en primera instancia recurrir ante la autoridad jerárquica superior del ente u órgano. En caso de no prosperar, se ofrece la posibilidad de recurrir la decisión ante el Tribunal Superior Administrativo en un plazo de 15 días.

Pero detrás de esta posibilidad corren varios factores a tomar en cuenta, como los tiempos de espera y los gastos adicionales que toca recurrir al momento de contratar un abogado, aspectos en los cuales la entidad a cargo de velar el cumplimiento de la ley, la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, no intermedia.

“Muchas veces cuando reportas la situación con Ética gubernamental, no establecen un tiempo para que las instituciones cumplan con la ley, más bien le hacen la salvedad de que estás a la espera y tienes que seguir esperando fuera del tiempo porque no hay consecuencias a menos que vayas a los tribunales”, recalcó Yudelka.

La advertencia de Abinader

Durante su participación en LA Semanal del pasado 24 de junio, el presidente Luis Abinader instruyó a los funcionarios a entregar a los medios de comunicación “cualquier información solicitada” y advirtió de tomar medidas en caso de aquellos que no cumplan con la ordenanza.

Según Abinader, hará un “recordatorio” a cada funcionario público: “Tienen que cumplir con la ley y de manera expedita, no esperar que venga una sentencia del Tribunal Administrativo. Tienen que cumplir como lo han la mayoría, pero a esa pequeña parte que no lo hace se los vamos a recordar”, dijo en aquel momento Abinader.

A 20 años de la ley, son pocos los casos que han sido llevados a la justicia por falta de respuesta de algún funcionario.