Mar. Nov 19th, 2024

En ese plazo también pueden recurrir la sentencia condenatoria los familiares de Joshua Fernández y el Ministerio Público, conforme al artículo 418 del Código Procesal Penal.

El Dotolcito en el Palacio de Justicia GLAUCO MOQUETE

A partir de la tarde de este jueves, Wesly Vincent Carmona, conocido como “El Dotolcito”, Allyson de Jesús Pérez Mejía (Chiquito) y Luis Alberto “Luisito” Brito, disponen de 20 días hábiles para recurrir la sentencia que los condenó a 15, 20 y 30 años de prisión por la muerte de Joshua Fernández.

Tan pronto el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, presidido por Claribel Nivar, e integrado por Gissell Soto Peña y Clara Sobeida Castillo, notifique la sentencia íntegra a la defensa de los imputados, de los familiares de la víctima y del Ministerio Público disponen de ese plazo para recurrir la decisión del tribunal si así lo entendiera, tal como dispone el artículo 418 del Código Procesal Penal.

La sentencia se recurre ante la secretaria del Tribunal, quien remite el expediente a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, para que apodere a una de las salas quien deberá conocer de los recursos, la que deberá de ratificar, anular o dictar su propia sentencia.

El pasado 25 de abril el Tribunal emitió el dispositivo de la condena, fijando para este jueves la lectura íntegra de la sentencia en contra de El Dotolcito, Chiquito y Luisito.

Joshua falleció el pasado 16 de abril de 2023, a causa de un disparo en la cabeza mientras subía a un vehículo cuando salía de una discoteca ubicada en el Ensanche Naco del Distrito Nacional, a la edad de 19 años.

Por el crimen, el Ministerio Público solicitaba condenar a 30 años de prisión a El Dotolcito, mientras que para Chiquito y Brito Troncoso pidió que fueran sentenciados a 40 años de prisión.

El Ministerio Público acusaba a El Dotolcito de violar los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano.

Mientras que, Chiquito fue acusado de violar 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano y los artículos 66 párrafo II y 67 de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas.

En tanto, al imputado Luisito le señalaba por violar los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano.