Santo Domingo, RD
El Ministerio de Trabajo recuerda a todos los empleadores, presentar ante la Dirección General de Trabajo (DGT), la Planilla del Personal Fijo (DGT-3) dentro de los primeros 15 de enero del 2023.
Las Planillas de Personal Fijo se renovarán anualmente y se depositarán ante la Dirección General de Trabajo a más tardar el día 15 de enero, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 15 del Reglamento 258-93 para la aplicación del Código de Trabajo.
El Ministerio de Trabajo establece que para la renovación es imprescindible actualizar los datos de la empresa y los establecimientos, para poder continuar con el registro en el sistema.
El documento deberá ser registrado a través de la dirección electrónica donde se inscribirá a sus trabajadores en el establecimiento en que esté prestando servicios.
El organismo informa que una vez estén seguros de que las informaciones contenidas en la planilla estén correctas deberán proceder a realizar el pago correspondiente por medio de una de estas dos vías: realizar una transacción electrónica con tarjeta de crédito o de débito o adquirir un PIN en una de sus Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.
Para los registros de nuevas empresas o empleadores se debe seguir el procedimiento siguiente: Ingresar a la dirección y presionar la opción de nueva empresa para crear el usuario.
Una vez creado el usuario y siguiendo los pasos del sistema, completará los datos de la empresa y el establecimiento.
Tan pronto se haya finalizado el registro de los trabajadores y enviado su DGT-3, el mismo le generará el monto a pagar. La forma de pago se hará como se ha indicado anteriormente.
El Ministerio de Trabajo pone en su conocimiento de que, transcurrido el plazo de los primeros quince días de enero y el empleador no haya cumplido con este mandato legal será susceptible de las sanciones penal laboral contempladas en el Código de Trabajo.
Indica que los interesados pueden comunicarse a la dirección electrónica o llamar al teléfono (809) 535-4404 opción 1 ó extensiones 3016, 3018, 3050.